El litigio contra el Banco de España por detallar los beneficios extra de las entidades financieras españolas durante los meses de subidas en los tipos de interés llega al Tribunal Supremo. La Fiscalía ha recurrido la sentencia de la Audiencia Nacional del pasado 15 de enero en la que dio la razón al supervisor, que se negó a entregar la información solicitada por tres diputados de Sumar, en defensa del derecho de los parlamentarios a acceder a los datos sobre las cantidades remuneradas a las entidades de crédito en los años 2002 y 2023, por el uso de facilidad de depósito del Banco Central Europeo (BCE).
El ministerio público considera que el fallo que confirma la actuación del Banco de España cuestiona el derecho fundamental de los ciudadanos, a través de sus representantes parlamentarios, de acceder y participar en condiciones de igualdad a los asuntos, funciones y cargos públicos (art. 23.2 CE), en su vertiente de acceso a la información de los poderes públicos.
Sumar presentó una demanda en septiembre de 2024 ante la Audiencia Nacional por la que impugnó el acuerdo del gobernador del Banco de España, con fecha del 10 de junio de ese mismo año, en la que rechazó dar la información solicitada por la formación política. En concreto, los diputados querían conocer la “cantidad pagada por el Banco de España a las entidades de crédito en los años 2022 y 2023 en concepto de intereses abonados por sus fondos depositados en la facilidad de depósito, con un desglose del pago individualizado para cada entidad”. Durante el procedimiento contencioso-administrativo, la Fiscalía de la Audiencia Nacional se pronunció a favor de estimar la demanda, al entender que los derechos fundamentales de los ciudadanos estaban en juego. El fiscal Manuel Campoy insiste en este aspecto en su recurso de casación.