El Juzgado de Instrucción 8 de Granada considera que las publicaciones en redes sociales del ahora jubilado juez Manuel Piñar —quien juzgó a Juana Rivas en 2017 y la condenó a cinco años de prisión— muestran “sólidos indicios” de un delito de odio. El auto menciona que esos sólidos indicios se perciben en la instrucción, en los documentos analizados y en las “declaraciones vertidas en la causa” del juez Piñar. El juez da por concluida la instrucción y da 10 días a la Fiscalía y a las acusaciones particulares para que presenten su escrito de acusación que confirme su interés por seguir adelante con la celebración de un juicio oral y que determinen de qué delito o delitos creen culpable al juez Piñar.
La denuncia original tiene fecha de septiembre de 2022, cuando Carlos Aránguez Sánchez, abogado de Juan Rivas, y la Asociación Internacional para la Erradicación de la Violencia de Género Institucional, denunciaron la publicación en el muro de Facebook del juez Manuel Piñar Díaz, “manifestaciones, en condiciones de suficiente trascendencia y proyección pública, de contenido o alcance presuntamente despectivo hacia colectivos de migrantes o minorías étnicas”. En concreto, presentaron al menos 11 pantallazos de publicaciones de Piñar fechadas entre enero y agosto de 2022.
La primera de esas publicaciones, del 22 de enero. El 16 de noviembre anterior, el Consejo de Ministros había aprobado un indulto parcial que permitía a Juana Rivas recuperar la patria potestad de sus dos hijos y reducir la pena de prisión a dos años, con lo que podría dejar atrás la prisión y todo lo ocurrido. Menos de un mes después, como informó este diario, Piñar hizo todo lo posible para no dejar en libertad a Rivas, alegando peligro para sus hijos. Ese final de 2021 fue convulso, de un tira y afloja del juez Piñar con el indulto y su procedimiento. Poco después, comenzaron los comentarios en Facebook que ahora se considera que constituyen un presunto delito de odio.
Carlos Aránguez, letrado de Rivas, ha explicado a los medios en un comunicado que “solicitará la máxima pena que permite el artículo 510 del Código Penal”, el que tipifica el delito de odio y que prevé de uno a cuatro años de prisión y multa de seis a doce meses. La versión del juez Piñar incluye dos partes. Por un lado, ha insistido en que esas opiniones no las publicó él, sino que sufrió una especie de hackeo y se las publicaron. A continuación, el magistrado añade que, en cualquier caso, son opiniones “amparadas por la libertad de expresión”.
Hace unos días, cuando el CGPJ desestimó una petición de indemnización de Piñar, el juez explicaba a EL PAÍS que “dar validez probatoria a unos pantallazos obtenidos sin garantías de autenticidad y sin intervención judicial” no se ajustaba a derecho y que esas publicaciones “no tenían nada que ver con mi función jurisdiccional y estaban amparadas por la libertad de expresión”.
El final de la instrucción de este caso y la llamada a las acusaciones y a la Fiscalía a dar su calificación no es más que la continuación de un giro de guion en el caso Juana Rivas y sus flecos de las últimas semanas. Un cambio de tendencia, además, probablemente inesperado para todos menos para los letrados de Rivas, que no han cejado en su empeño de defender a su clienta.
Hace unas semanas, un tribunal italiano inició los trámites para procesar a Francesco Arcuri, expareja de Juana Rivas, por un presunto delito de maltrato a sus hijos. También, previamente, el juez Piñar había perdido varias acciones judiciales en el Consejo General del Poder Judicial y en los tribunales: la negativa a la petición de 100.000 euros de indemnización por haberse visto obligado a jubilarse voluntariamente —lo que ocurrió en junio de 2024—, el archivo de una querella de Piñar contra Carlos Aránguez, o una sanción del CGPJ al juez de 1.500 euros por publicar datos confidenciales de los hijos de Juana Rivas.
El caso Juana Rivas comenzó en 2016 cuando la madre de Maracena (Granada) volvió a España desde Italia con sus dos hijos —entonces menores de edad; uno es ahora mayor desde hace unos meses— y no volvió a llevarlos con su padre. Comenzó entonces un recorrido judicial que permitió a Arcuri llevarse los hijos de vuelta a Italia en septiembre de 2017 y que acabó en una condena de cinco años de cárcel y seis de pérdida de la patria potestad de Rivas sobre sus hijos en julio de 2018.
Desde entonces, ha habido una actividad judicial frenética tanto en España como en Italia, tanto sobre el asunto nuclear del caso, el maltrato de Arcuri a Rivas y sus hijos, como en la periferia, con distintas querellas y denuncias entre abogados y el juez Piñar. No obstante, lo que durante un quinquenio ha sido contrario a Rivas ha comenzado a voltearse a su favor, quizá demasiado tarde, en las últimas semanas.