La senadora cartista Norma Aquino alias Yamy Nal, evidenció su ignorancia en su rol de parlamentaria al exigir -nota mediante- informes al fiscal general del Estado, Emiliano Rolón, sobre la abogada Alejandra Peralta con intención de amedrentarla. Ante la insistencia de la legisladora, Rolón se vio obligado a tener que explicarle cómo debía proceder para solicitar datos.
En un aparente uso indebido de influencias, el 22 de abril del año pasado la senadora cartista Norma Aquino, alias Yamy Nal, remitió una nota al fiscal general del Estado, Emiliano Rolón, en la que solicitó que se le provea en base a la Ley 5282 de Acceso a la Información Pública, la información con carácter de diligente y prioridad: horario, legajo de faltas, amonestaciones y ausencias, legajo de contratación incluyendo las transferencias de su sueldo y bonificaciones.
Asimismo, el registro de asistencias y cumplimiento de jornada laboral de quien fuera funcionaria del Ministerio Público, la abogada Alejandra Peralta durante su permanencia como funcionaria pública. Con el informe, Yamy Nal buscó amedrentar a Peralta quien ha accionado buscando que la senadora le desbloquee en su cuenta de “X” y ha solicitado informes sobre su pasado como funcionaria pública.
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Dos meses después, el 25 de junio la senadora reiteró al fiscal general del Estado el pedido de informes que había solicitado de forma particular e invocó el artículo 192 de la Constitución señalando que el plazo de 15 días para responder el informe feneció.
El 5 de junio del año pasado, el fiscal Rolón le respondió sobre su pedido acerca de la exfuncionaria y se vio obligado a explicar a la senadora cómo debe proceder para solicitar un pedido de informes.

Le señaló que para pedir un informe, “a título personal, debe canalizar su solicitud a través de la Dirección de Transparencia y Acceso a la Información Pública” y le sugirió dirigir su pedido a través de dicha dependencia.
También Rolón le respondió sobre su segunda nota en la que invocó el artículo 192 de la Constitución sobre el vencimiento del plazo para responder un pedido.
Rolón le puntualizó sobre el artículo constitucional mencionado que “los pedidos de informes que se realicen invocando la calidad de senadora de la nación, deben ser canalizados a través de la presidencia de la Cámara, o en su caso, por medio de la presidencia de las comisiones, en los términos que prevé el artículo 186 de la Carta Magna”.

El fiscal general también le señaló el espíritu que tienen los pedidos de informes parlamentarios de los que dijo constituyen un mecanismo de control, que permite a los legisladores, solicitar a los órganos del Gobierno respecto a la certeza de un hecho, la exactitud de una información o la adopción de medidas, y resaltó “respecto a temas de interés público” o que son necesarios para la elaboración de proyectos.
Aquino fue destituida por planillerismo del Poder Judicial, su hijo Giovanni Paolo Divitto Aquino, acosado por las críticas renunció del Instituto Nacional de Estadística (INE) y ahora salta el caso de su hija Yvanna María Yamila González Aquino, quien fue ubicada en Itaipú.
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